T-Mec generaciones o etapas.

El T-MEC comprende 36 capítulos de los cuales el más consecuencial para la industria es el:

  • Capítulo 4; que comprende reglas de origen.
  • El capítulo 5 que comprende procedimientos de origen
  • El 23 –relativo al trabajo.

Las reglas de origen llevan el contenido de auto partes regionales a 75% –del 62.5% actual—, en particular para componentes esenciales como motores y transmisiones –si bien los productores tienen la opción de pagar un arancel de 2.5% sino cumplen la norma.

Y establecen que para que el movimiento de un vehículo a través de fronteras sea exento de tarifas entre 40 y 45% del mismo debe haber sido manufacturado por trabajadores que ganan al menos 16 dólares Norteamérica, revista académica del CISAN-UNAM, año 16, número 1, enero-junio de 2021 DOI:http://dx.doi.org/10.22201/cisan.24487228e.2021.1.434 Versión Ahead-of-Print

generacion-o-etapas-tmec

Etapas o generaciones del T-MEC

Dewan y Ronconi (2014) establecen cuatro etapas o generaciones en la evolución de las disposiciones laborales introducidas por Estados Unidos en las negociaciones con países de América Latina para firmar ALC. Como antes notamos, mantenemos que en estricto –hasta antes del T-MEC—se pueden identificar dos generaciones. La primera corresponde al TLCAN; en tanto la segunda comprende –por su gama de elementos comunes– lo que Dewan y Ronconi separan en tres etapas. Veamos:

T-Mec Primera generación:

El acuerdo laboral paralelo del TLCAN. El TLCAN representó la primera inclusión del tema de los derechos laborales en un ALC de los Estados Unidos. Pero fue confinado a un acuerdo paralelo, al igual que los temas ambientales. Fue animado por las advertencias sobre los bajos salarios de México y sus estándares laborales. No fue vinculante, y se limitó a establecer que cada parte debía buscar mejorar esos estándares dentro del marco de sus leyes e instituciones del trabajo.

Creó la Comisión de Cooperación Laboral dirigida por los ministros del trabajo y un secretariado asistido por Oficinas Administrativas Nacionales (NAOs por sus siglas en inglés). Estableció un proceso no sólo complicado de consulta, arbitraje y resolución de disputas, sino que lo sujeto a un candado doble:

  • Primero, a casos donde existiera un “patrón persistente” de violaciones relacionadas con seguridad y salud, trabajo infantil, y salarios mínimos;
  • Segundo, a ser cubiertas por las leyes domésticas. La inoperancia e inefectividad de estos mecanismos quedó demostrada por el hecho de que a la vuelta de unos años las NAOs desaparecieron del panorama y los pocos organismos Norteamérica, revista académica del CISAN-UNAM, año 16, número 1, enero-junio de 2021 DOI:http://dx.doi.org/10.22201/cisan.24487228e.2021.1.434 Versión Ahead-of-Print La revista Norteamérica publica versiones Ahead-of-Print (AOP) de los artículos dictaminados mediante una rigurosa evaluación de tipo doble ciego y que han sido aceptados por el Comité Editorial con el fin de ofrecer un acceso más amplio y expedito a ellos. / Norteamerica publishes Ahead-of-Print (AOP) versions of all manuscripts that have undergone a rigorous double-blind peer-review and been approved for publication by the Editorial Board in order to provide broader and earlier access to them. Interesados en acudir a ellas dejaron de hacerlo al convencerse que no conducía a ningún lado su ejercicio.

T-Mec Segunda generación:

El contexto de luchas y el giro en el nuevo siglo En el nuevo siglo las relaciones comerciales de Estados Unidos dieron un giro cuando la Casa Blanca empezó a introducir una agenda para la aplicación (enforcement) de los derechos laborales en las negociaciones para promover acuerdos de libre comercio. En 2002, cuando la llamada fast track authority (“vía rápida”) concedida al presidente de ese país para negociar acuerdos internacionales transaccionó a Trade Promotion Authority (TPA) (autoridad para la promoción de ALCs), el cambio fue más que de nombre.

T-Mec Segunda generación
T-Mec

El Congreso procedió entonces a mandatar al presidente a incluir en futuras negociaciones de ALCs mecanismos para la promoción de los derechos fundamentales del trabajo y fortalecer las capacidades al respecto de los socios comerciales. El evento marcaría un antes y un después en la posición de Estados Unidos a la hora de negociar ALCs. En estricto el evento fue resultado de las protestas de AFL-CIO contra la promoción irrestricta de tratados comerciales por su país, sin reparos suficientes sobre sus implicaciones para el trabajo. Su demanda se particularizaba en no vivir otra experiencia como la del TLCAN, donde la observancia de lo laboral quedó confinada a un acuerdo paralelo (“labor side agreemenrt”).

El debate arreció en medio de tasas de desempleo históricas y con negociaciones abiertas por la administración Bush Jr. para firmar acuerdos con los países de Centro América, por un lado, y Colombia, Panamá y Corea, por el otro, con la idea de ganar en exportaciones e inversiones. En Norteamérica, revista académica del CISAN-UNAM, año 16, número 1, enero-junio de 2021 DOI:http://dx.doi.org/10.22201/cisan.24487228e.2021.1.434 Versión Ahead-of-Print

La revista Norteamérica publica versiones Ahead-of-Print (AOP) de los artículos dictaminados mediante una rigurosa evaluación de tipo doble ciego y que han sido aceptados por el Comité Editorial con el fin de ofrecer un acceso más amplio y expedito a ellos. / Norteamerica publishes Ahead-of-Print (AOP) versions of all manuscripts that have undergone a rigorous double-blind peer-review and been approved for publication by the Editorial Board in order to provide broader and earlier access to them.

Tanto, las críticas remitían una y otra vez al señalamiento de la pérdida de empleos industriales en sectores estratégicas como el automotriz. En los acuerdos con Chile de 2004 y en el Tratado de Libre Comercio Estados Unidos-Centro América Y República Dominicana (DR-CAFTA: Dominican Republic-Central America Free Trade Agreement, en inglés) del mismo año, se introdujeron por vez primera disposiciones laborales siguiendo el imperativo de 2002 del Congreso estadounidense. En pro de los Derechos Fundamentales del Trabajo.

No obstante, las presiones de AFL-CIO continuaron y así, en mayo 2007, demócratas y republicanos acordaron en el Congreso pedir a la Casa Blanca incorporar la observancia de derechos laborales fundamentales como parte de las negociaciones de futuros acuerdos comerciales. Un primer modelo de este tipo se introdujo en 2007 para la ratificación de los acuerdos comerciales con Colombia, Panamá y Corea –ya bajo la administración Obama

En la medida en que la Casa Blanca había definido estas negociaciones como estratégicas, pues se trataba de países situados en regiones que presentaban situaciones o programas vitales para el gobierno estadounidense, se pavimento el camino para avanzar en la nueva dirección acordada por el Congreso. 12. 12 Colombia resultaba estratégico por el problema del narcotráfico tanto como por sus actividades de interés para Estados Unidos en la minería, las flores, puertos, azúcar y aceite de palma. En el caso de Panamá el acuerdo buscó abrir el camino para que empresas estadunidenses pudieran competir en obras de calado como la expansión del Canal de Panamá y grandes obras de comunicaciones y transportes. En tanto con Corea del Sur el interés mayor fue abrir el mercado de ese país a las exportaciones de las armadoras de autos de Detroit, a partir del hecho de que mientras los coreanos colocaban 700.000 autos anualmente en el mercado estadounidense, las tres de Detroit apenas vendían 7.000. De ahí que este acuerdo contó con el apoyo del Sindicato de Trabajadores del Sector Automovilístico. El marco fue la firma de compromisos para adoptar y/o observar el respeto a los derechos fundamentales de OIT. Como establecidos en la Declaración Relativa a los Principios y Derechos Fundamentales en el Trabajo (OIT, 1998), comprenden cuatro categorías:

  •  1) Libertad de asociación y el reconocimiento efectivo del derecho a la contratación colectiva;
  • 2) Eliminación de trabajo forzoso u obligatorio;
  • 3) Abolición del trabajo infantil; y
  • 4) Eliminación de discriminación con respecto a empleos y ocupaciones.

Véanos en detalle cómo se desdoblaron estos AsLC firmados por Estados Unidos, extendiendo una serie de características comunes a través de diferentes AsLC. Para 2004, en el ALC Estados Unidos-Chile, se introdujo un capítulo laboral dentro del cuerpo del tratado mismo.

La historia del tratamiento laboral en las relaciones comerciales de Estados Unidos empezó a cambiar a partir de ahí. El tratado estableció que “cada parte debe esforzarse por asegurar que los principios de la Declaración de 1998 de la Organización Internacional del Trabajo son reconocidos y protegidos por su ley doméstica”.

T-Mec primera generacion
T-Mec

En el acuerdo Estados Unidos Chile la categoría cuatro de los derechos fundamentales de OIT se específica en términos de condiciones aceptables de trabajo con respecto a salarios mínimos, jornadas de trabajo y salud y seguridad ocupacional. Se acordó también introducir penalizaciones económicas por violaciones en cualesquiera de las categorías previas. Desde el acuerdo con este país, Estados Unidos adoptó una dinámica que se iría perfeccionando en cada nuevo ALC.

Refiero la dinámica dirigida a establecer y financiar (con fondos de los departamentos de Estado y del Trabajo) mecanismos para la construcción de capacidades. Con Chile se colocó el acento en las funciones de planeación, fiscalización y sistemas Norteamérica, de inspección del trabajo; comprendiendo control y seguimiento de aplicación de la ley, reforzamiento de las capacidades de los funcionarios de inspección, atención a los sistemas de datos e indicadores, y fortalecimiento de la institución encargada de todo ello. Este esquema sirvió como modelo para el tratado comercial Estados Unidos países de Centro América-República dominicana. Empero en su caso se colocó aún mayor énfasis en construcción de capacidades y en el problema de la aplicación (enforcement) de la ley.

El precepto fue que mientras las leyes de Costa Rica, El Salvador, República Dominicana, Guatemala, Honduras y Nicaragua cubrían con suficiencia los principios fundamentales de la declaración de OIT, no se aplicaban sino parcialmente. El CAFTA-DR, al igual que con Chile, incluyó un mecanismo de asistencia técnica y cooperación dirigido a fortalecer las capacidades de fiscalización y aplicación de la ley de los ministerios del trabajo. Algunas acciones específicas contempladas fueron programas de entrenamiento de los inspectores del trabajo, incremento presupuestal en sus agencias, introducción o reclasificación del servicio civil de carrera y despliegue del programa “Cumple y Gana” –apoyado por el Departamento del Trabajo de Estados Unido. Éste ha proporcionado computadoras, un sistema de administración de casos (case management system) y entrenamiento para incrementar las capacidades de las agencias de inspección. Igualmente, relevante fue la formulación por los ministerios del trabajo del documento – conocido como Libro Blanco– La dimensión laboral en Centroamérica y República Dominicana construyendo sobre el progreso: reforzando el cumplimiento y reforzando las capacidades. Se hace notar las seis áreas identificadas como críticas para crear una “cultura de cumplimiento” en la región:

  • 1. Legislación laboral y su aplicación de la legislación, particularmente en dos aspectos:
    •  i) libertad de asociación, sindicatos y relaciones laborales, y
    • ii) inspección y cumplimiento de esta.
  • 2. Necesidades presupuestarias y de personal de los ministerios de Trabajo.
  • 3. Fortalecimiento del sistema judicial en materia laboral.
  • 4. Garantías de protección contra la discriminación en el trabajo.
  • 5. Peores formas de trabajo infantil.
  • 6. Fomento de una cultura de cumplimiento”.
tmec tercera etapa generacion

Tercera etapa del T-MEC:

De esforzarse a asegurar adoptar, mantener y aplicar la ley Segunda etapa. Del acuerdo paralelo a un capítulo laboral y a la construcción de capacidades El ALC Estados Unidos-Perú avanzó el proceso mediante compromisos para ajustar lo necesario a nivel de instituciones del trabajo a efecto de hacer prevalecer la ley (Cfr. Dewan y Ronconi, 2014). Es decir, en su lenguaje ya no se trata de esforzarse o luchar por hacer, sino el compromiso definido de hacer que las cosas ocurran. Para conseguir la aprobación del ALC Perú modificó la ley laboral, respondiendo una a una a una a observaciones preexistentes de los organismos de OIT sobre libertad sindical; se creó la Ley General de Inspecciones con un amplio capitulado relativo a los derechos colectivos, libertad sindical, negociaciones y contratación colectiva, y otras leyes y reglamentos, como la relativa a la regulación de la “terciarización”.

Trahttps://www.gob.mx/t-mec/acciones-y-programas/boletines-t-mec?state=publishedbajo Decente y Norteamérica.

Se introdujo el programa de Fomento a la Competitividad Empresarial –con incentivos a las empresas que respeten la ley y promuevan los derechos fundamentales en el trabajo–; se aprobaron los planes para la Erradicación Nacional del Trabajo Forzoso y Nacional de Prevención y Erradicación del Trabajo Infantil; se incorporó al Código Penal la prohibición de discriminación en materia laboral con sanciones de prestación de servicios a la comunidad. Por otra parte, se introduce un lenguaje más comprensivo para la resolución de disputas en el sentido de hacer la totalidad del capítulo laboral objeto de disputas y de mecanismos de resolución. Al igual que en los AsLC previos, se define que sí una de las partes, ofendida o denunciante, no es atendida en tiempo y forma, puede retirar los beneficios comerciales o puede ser compensada con el pago de una multa o exigir que el dinero se coloque en un fondo que será utilizado para lograr que la parte ofensora cumpla con lo establecido.

La revista Norteamérica publica versiones Ahead-of-Print (AOP) de los artículos dictaminados mediante una rigurosa evaluación de tipo doble ciego y que han sido aceptados por el Comité Editorial con el fin de ofrecer un acceso más amplio y expedito a ellos. / Norteamerica publishes Ahead-of-Print (AOP) versions of all manuscripts that have undergone a rigorous double-blind peer-review and been approved for publication by the Editorial Board in order to provide broader and earlier access to them. la hora.

Se incluyen también requerimientos de contenido de acero y aluminio. En conjunto las reglas de contenido regional y las nuevas reglas mandatando contenido laboral se dividen en siete componentes: Requerimientos para vehículos (requerimiento de origen de 75%), y graduado en partes centrales (75%), partes principales (70%), y partes complementarias (65%). El contenido laboral se divide en 40% para vehículos de pasajeros y 45% para vehículos comerciales.

Estos en turno se desagregan en 25 a 30% de costos de manufactura y materiales de costos laborales mayores; 10% de actividades de investigación, desarrollo y tecnologías de información; y no más de 5% de motores, transmisiones y ensamble de baterías avanzadas. Los requerimientos de compra de acero y de compra de aluminio se fijan en 70%.

https://www.gob.mx/t-mec/acciones-y-programas/textos-finales-de-las-reglamentaciones-uniformes?state=published

https://www.gob.mx/t-mec/acciones-y-programas/boletines-t-mec?state=published}

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